En CCN Abogados ayudamos a particulares a reclamar frente a bancos y entidades financieras cuando han soportado cláusulas abusivas, intereses usurarios o gastos que legalmente no les correspondían.
Si firmaste una hipoteca o tienes una tarjeta revolving, es posible que puedas recuperar cantidades importantes.
Analizamos tu documentación sin compromiso y te indicamos con claridad si existe una reclamación viable.
Las cláusulas abusivas son aquellas condiciones impuestas por la entidad financiera que generan un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor.
Durante años, numerosos bancos incorporaron condiciones que posteriormente han sido declaradas nulas por los tribunales españoles y por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Cuando una cláusula es declarada nula, el consumidor tiene derecho a que deje de aplicarse y, en muchos casos, a recuperar las cantidades pagadas de más.
Miles de consumidores asumieron gastos que correspondían al banco.
Dependiendo de la fecha de la escritura y de las circunstancias del préstamo, puede reclamarse la devolución de conceptos como:
Gastos de notaría.
Gastos del Registro de la Propiedad.
Gastos de gestoría.
Tasación.
Comisión de apertura, cuando resulte abusiva.
Cada caso debe analizarse individualmente, ya que la jurisprudencia ha ido evolucionando y no todas las reclamaciones tienen el mismo alcance.
Las tarjetas revolving permiten aplazar el pago mediante cuotas mensuales aparentemente reducidas.
Sin embargo, en muchos casos aplican intereses extremadamente elevados que hacen que la deuda apenas disminuya, obligando al consumidor a pagar durante años sin llegar a amortizar el capital.
Si tu tarjeta tiene un interés muy elevado o llevas años pagando sin reducir la deuda, es posible reclamar la nulidad del contrato o la eliminación de los intereses abusivos.
Entre las entidades que comercializaron este tipo de productos se encuentran numerosos bancos y financieras.
Aunque actualmente es menos frecuente, muchas hipotecas incorporaban cláusulas suelo que impedían al consumidor beneficiarse de las bajadas del tipo de interés.
Si la cláusula fue incorporada sin la debida transparencia, puede ser declarada nula y dar lugar a la devolución de las cantidades cobradas indebidamente.
La comisión de apertura también puede ser objeto de reclamación cuando la entidad financiera no acredita que responde a servicios efectivamente prestados y suficientemente justificados.
La jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea exige un análisis caso por caso.
Si tu préstamo hipotecario está referenciado al índice IRPH, puede ser conveniente revisar la forma en que el banco comercializó el préstamo.
La normativa europea exige que el consumidor recibiera información suficiente para comprender las consecuencias económicas de ese índice.
Cada supuesto requiere un estudio individualizado.
Las hipotecas multidivisa fueron comercializadas como productos ventajosos, pero en muchos casos implicaban riesgos financieros muy superiores a los explicados al consumidor.
Cuando no existió una información clara y suficiente sobre esos riesgos, puede existir base para reclamar judicialmente.
Para estudiar gratuitamente la viabilidad de la reclamación suele ser suficiente con:
Escritura de préstamo hipotecario.
Recibos del préstamo, si se conservan.
Escritura de novación, si la hubo.
Contrato de la tarjeta revolving.
Extractos o recibos de la tarjeta.
Si no dispones de toda la documentación, podemos orientarte sobre cómo obtenerla.
No siempre.
En muchos casos resulta conveniente realizar primero una reclamación extrajudicial dirigida a la entidad bancaria.
Cuando el banco rechaza la reclamación o no responde adecuadamente, puede acudirse a la vía judicial para solicitar la nulidad de las cláusulas y la devolución de las cantidades correspondientes.
Dependerá de cada caso.
Entre otras cantidades, podría reclamarse:
Gastos hipotecarios.
Intereses cobrados indebidamente.
Comisiones abusivas.
Cantidades derivadas de cláusulas declaradas nulas.
Tras revisar la documentación podremos ofrecerte una estimación aproximada de la reclamación.
En CCN Abogados ofrecemos un asesoramiento cercano, claro y adaptado a cada cliente.
Estudiamos individualmente cada préstamo o contrato financiero para valorar la viabilidad de la reclamación y explicar, desde el primer momento, las posibilidades reales del procedimiento.
Nuestro objetivo es que el cliente conozca con exactitud qué puede reclamar, cuáles son los riesgos del procedimiento y cuál es la estrategia más adecuada para defender sus intereses.
En muchos casos, sí. La posibilidad de reclamar depende de distintos factores, entre ellos la fecha del préstamo y la evolución de la jurisprudencia. Es necesario analizar cada supuesto.
Sí. Haber cancelado el préstamo no impide necesariamente ejercitar determinadas acciones de reclamación.
Depende del tipo de procedimiento y de la carga de trabajo del tribunal competente. Algunos asuntos pueden resolverse mediante acuerdo extrajudicial, mientras que otros requieren acudir a juicio.
Si sospechas que tu hipoteca o tu tarjeta contiene condiciones abusivas, podemos revisar la documentación y valorar si existe una reclamación viable.
CCN Abogados presta asesoramiento en Santiago de Compostela y en el resto de Galicia, así como en procedimientos frente a entidades financieras de ámbito nacional.